¿Como contratar Energía Eléctrica con COELCHA?
Los usuarios que necesitan conectarse a la Red de COELCHA, que se extiende en diversas comunas de la Octava Región pueden solicitarlo al Departamento Comercial y Regulación, llamando al teléfono 600 4500 400 opcion 2, o en las oficinas ubicadas en calle Aníbal Pinto Nº 570 Cabrero, E-mail:, coelcha@coelcha.cl. Con los antecedentes proporcionados y los que entregue el estudio en terreno ejecutado por nuestro personal se confeccionara un proyecto y su presupuesto. Si se proporciona el número del poste más cercano a la propiedad y la distancia de la vivienda hasta ese lugar, se hará mas expedita su atención. Los antecedentes obligatorios que debe aportar el interesado son:
- Si es propietario Fotocopia de Escritura de la Propiedad, si es Arrendatario copia legalizada de contrato de Arriendo, con una autorización notarial del propietario para instalar energía eléctrica. En cualquier otro caso debe tener una autorización notarial del propietario. (Artículo 113/DS327/1997.- Los concesionarios de servicio público de distribución deberán exigir a los interesados que soliciten la conexión del servicio o un cambio en la modalidad tarifaría, copia legalizada de los títulos de dominio sobre el inmueble o instalación o, en su caso, la respectiva autorización notarial para tales fines otorgada por quien aparezca como dueño de ellos. )
- Nº de Rol de Propiedad a Electrificar
- Anexo Nº 1 de Instalación Interior inscrita en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles En el caso que el empalme sea instalado por el solicitante, debe presentar además:
- Original de la factura por la Compra de Medidor
- Original del Certificado de Calibración del Medidor
¿Qué hacer en caso de corte de energía eléctrica en mi propiedad?
En COELCHA estamos siempre atentos para brindar el mejor de los servicios, por ello ante una emergencia no dude en llamarnos. Nuestro servicio de EMERGENCIA atiende las 24 horas del día, todos los días del año. Llámenos al 600 4500 400 Opcion 1 .
Además de Lunes a Sábado en horario de 09:00 a 13:00 hrs. y de 15:00 a 19:00 hrs. puede dar aviso a través de nuestros centros de pago, ubicados en:
- Cabrero, Anibal Pinto Nº 570, Fono 43-2410582
- Monte Aguila, Ahumada Nº 350 Fono 43-2411829
- Yungay, Angamos Nº 1 Fono 42-2680593
- Yumbel, Valdivia Nº 530 Fono 43-2439052
ALGUNOS CONSEJOS DE UTILIDAD:
Que debe hacer ante un corte de energía en su domicilio:
- Ante cualquier corte de energía revisar el interrutor Automatico del Empalme y del Tablero Interior, si estos estan normales, efectivamente existe un corte de energia en el SECTOR y debe desconectar de los enchufes de todos los electrodomésticos y posteriormente llamar al fono 43-2335100
- Verifique si su sector está con energía eléctrica, preguntando a sus vecinos si también están sin energía .
- Revise si su cuenta está al día, pudo haber sido suspendido el servicio.
¿En qué fecha toman la lectura en mi sector?
La Lectura de Medidores se realiza mensualmente, conforme a un programa pre-establecido. Para orientar a nuestros Clientes COELCHA informa en las boletas de consumo, una fecha aproximada de la Lectura para el mes siguiente.
¿Cuál es el horario de punta de las tarifas eléctricas?
En el Sistema Interconectado Central, para los efectos de las disposiciones establecidas en el decreto que fija las fórmulas tarifarias aplicables a suministros de precio regulado efectuados por las empresas concesionarias de distribución así como en el decreto que fija los peajes de distribución aplicables al servicio de transporte que presten los concesionarios de distribución,se entenderá por horas de punta el período comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas de cada día de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre exceptuándose a solicitud del cliente, los días domingo, festivos y sábado inmediatamente siguiente a un día viernes festivo o anterior a un día lunes festivo de dichos meses, siempre y cuando y de ser necesario, el usuario asuma los costos de inversión correspondientes.
Encuentro que mi medidor registra mucho consumo ¿Puedo solicitar una revisión?
Efectivamente, si encuentra que su consumo es excesivo Ud. puede solicitar la revisión de su medidor a COELCHA Ltda. Si del resultado de la verificación se comprueba que los equipos de medición funcionan correctamente y dentro de la tolerancia máxima permitida por las normas reglamentarias y técnicas, el costo de la verificación será de cargo del cliente. Si del resultado de la verificación se comprueba lo contrario, dicho costo será de cargo del concesionario. Los costos de las verificaciones, cuando proceda su cobro, serán incluidos en la factura o boleta más próxima.
¿Por qué las empresas cobran Cargo Fijo Mensual?
El Cargo Fijo mensual cubre los costos en que incurren las empresas por concepto de Facturación, Atención de Clientes en Oficina Comerciales, otros.
Los conceptos antes indicados no están contemplados en los cargos por energía y potencia eléctrica de las diferentes Tarifas Eléctricas Vigentes.
Este cargo está regulado por ley, así como los precios de la energía y potencia, por lo que las empresas no pueden aplicarlos a su arbitrio.
¿Por qué las empresas cobran Arriendo de Medidor?
El cargo por arriendo de medidor, se aplica a aquellos Clientes que no compraron su medidor y optaron por la modalidad de arriendo a la empresa, que es la propietaria de dicho equipo.
¿Si la lectura actual que aparece en mi cuenta de energía no es la que yo informé, que hago?
Cuando las instancias de control que se realiza la empresa y a la tecnología incorporada para el correcto funcionamiento de nuestro sistema de facturación, es posible que exista un error de lectura. En este caso llamar al Fono/FAX: 043-2410711, para verificar la información entregada por usted y en el caso de certificarse el error de lectura, se procederá a realizar la corrección correspondiente.
¿A donde dirigirse, para cobrar cuota mortuoria?
Se cancelará una cuota mortuoria a la familia de los socios y clientes (propietarios del servicio) que pagan una cuota mensual por este beneficio. Para realizar el trámite del cobro deben dirigirse a la oficina de atención clientes de la Cooperativa, ubicada en calle Anibal Pinto N° 570 de Cabrero, presentando los siguientes documentos:
a) Certificado de defunción del fallecido con causa de muerte
b) Certificado de nacimiento del fallecido
c) Certificado de matrimonio o libreta de familia del fallecido, si correspondiera.
d) Comprobante de pago de consumo de energía eléctrica del último mes facturado.
e) Copia de formulario de designación de beneficiario, en el caso de haberse nombrado uno en vida.
f) Poder Notarial de hermanos a uno solo y certificado de defunción de ambos cónyuges, en caso de ser hijos del fallecido quienes cobren la Cuota Mortuoria.
g) Factura que acredite el gasto del entierro, a nombre del que solicita el beneficio. (Solo en casos que no sean descendientes con derecho a la Cuota Mortuoria).
h) Certificado de dominio vigente de la propiedad donde se encuentra instalado el empalme de COELCHA. (El nombre del propietario de este bien raíz debe ser el mismo que el nombre del titular del servicio de luz)
i) Declaración jurada de soltería cuando el socio o cliente era soltero con hijos.
Toda la documentación deberá ser presentada en original.
¿Puedo Solicitar Movimientos de Redes Eléctricas en mi Propiedad?
Todas las redes de esta Sociedad Cooperativa se encuentran con zona de concesión establecida desde el año 1992, sin embargo, la ley faculta a los usuarios a solicitar traslados, previo proyecto elaborado por la concesionaria y con el correspondiente financiamiento por el usuario (DS327/1997-ART Nº 75.)
No se podrá construir Redes Aéreas de cualquier categoría sobre construcciones existentes, ni hacer construcciones debajo de redes existentes , salvo casos especiales que autorize expresamente SEC.(NSEG5EN71.- ART Nº 108)
Sanciones Robo de Conductores y Hurtos de Energía.
El que intencional o maliciosamente cortare los conductores de electricidad, arrancare o destruyere postes o ejecutare algún otro acto tendiente a interrumpir un servicio, será castigado con reclusión menor en su grado mínimo (Artículo 135-DFL 1/1982), ENTRE LOS PUNTOS RELEVANTE ESTABLECE. la pena será de presidio mayor en su grado mínimo y el autor de los hechos que hubiere producido el accidente, no sólo está obligado a reparar los daños que el concesionario experimentare, sino también los que experimentaren terceros. (Artículo 136º DFL 1/1982)
El que sustrajere energía eléctrica, directa o indirectamente mediante conexiones clandestinas o fraudulentas, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 446º del Código Penal. En los casos de reiteración, se procederá en conformidad a lo prevenido en el artículo 451º del Código. (Artículo 137º DFL 1/1982) Ver mas...