Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD)
¿Que es PMGD?
Un Pequeño Medio de Generación Distribuido (PMGD) es, como su nombre lo dice, un medio de generación de energía eléctrica cuyos excedentes de potencia son menores o iguales a 9 MW (9.000 kW), conectados a redes de media tensión de una empresa concesionaria de distribución, o a instalaciones de una empresa que posea líneas de distribución de energía eléctrica que utilicen bienes nacionales de uso público.
Proceso de Conexión
Se debe completar el Formulario N°1 (descargue aquí) con todos los datos solicitados, el cual debe ser subido a la plataforma web (acceda aquí) de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
La respuesta de parte de COELCHA será mediante el Formulario N°2, Antecedentes de la Empresa Distribuidora, éste tardará a más tardar 15 días hábiles posterior a la recepción del Formulario N°1.
Se debe completar y subir a plataforma SEC el Formulario N°3 (descargue aquí), Solicitud de Conexión a la Red (SCR), en el cual se piden los datos de conexión del PMGD e información técnica de los elementos que componen el PMGD. Adicional al Formulario N° 3 se adjuntar una serie de requerimientos, los cuales se detallan a continuación:
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Diagrama unilineal con datos de los equipos empleados y planos de planta.
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Cronograma de ejecución del proyecto
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Proyección diaria de generación e inyección del PMGD
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Informe de cogeneración eficiente (si aplica)
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Formulario 3A (descargue aquí): Aplica si el PMGD se conecta directamente al punto de conexión, en otras palabras, no necesita una etapa de transformación o adecuación de voltaje para conectarse a la red.
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Formulario 3B (descargue aquí): Aplica si el PMGD sí necesita una etapa de adecuación de la señal de tensión. Ya sea rectificación a corriente continua mediante inversores o adecuación del nivel tensión a través de un transformador eléctrico.
Además el interesado (PMGD) debe indicar si desea ser evaluado como un PMGD de Impacto No Significativo (INS). (Artículo 2-3, NTCO)
Una vez entregada la SCR, COELCHA debe comparar la demanda mínima del Alimentador con la máxima inyección coincidente de los PMGD conectados añadiendo la máxima inyección del PMGD en proceso de conexión. Si las inyecciones del o los PMGD son mayores a la demanda mínima, COELCHA debe enviar a la empresa propietaria de las instalaciones de Subtransmisión una copia del Formulario N°3, dentro de los 5 días hábiles de la recepción de éste, comunicando tanto al interesado (PMGD) como a la SEC. La empresa de Subtransmisión tiene 15 días hábiles para responder a COELCHA indicando cómo y en qué plazos satisfará los requerimientos para cumplir con el servicio de transporte de acuerdo a la normativa vigente.
La respuesta la entrega COELCHA mediante el Formulario N°4. El tiempo de respuesta será de 10 días hábiles, donde COELCHA comunica si hay observaciones a la SCR. En el caso de que hayan observaciones, el PMGD tiene 15 días hábiles para entregar las correcciones. Por su parte, Coelcha tiene 20 días hábiles para responder si aprueba las correcciones. Si éstas persisten se considera la SCR desistida.
En el caso contrario que no se encuentren observaciones en la SCR, COELCHA tiene 10 días hábiles más para entregar la respuesta a la SCR mediante el Formulario N°4.
En el Formulario N°4 se informará si el PMGD es clasificado como de INS.
Un PMGD será calificado como de INS solo si cumple lo siguiente:
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Sus excedentes de potencia sean menores o iguales a 1,5 MW
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La potencia a inyectar es igual o inferior a la capacidad de diseño del Alimentador en el tramo al que se conectará.
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Debe cumplir con los estándares de variaciones de tensión máximos.
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Si utiliza generadores asincrónicos debe cumplir con los criterios máximos de la Constante de Variación de Tensión máxima en sincronización (𝐾_𝑉𝑆).
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Debe cumplir con que la corriente de cortocircuito, considerando el aporte del PMGD, sea tal que, ningún equipo de interrupción del Alimentador sobrepase el 85% de su capacidad de ruptura.
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Se debe cumplir que el sistema de protecciones proyectado permita mantener una adecuada coordinación con el sistema de distribución.
Si el PMGD es clasificado como de INS, COELCHA adjunta al Formulario N°4, el Informe de Criterios de Conexión, Formulario N°7 (ICC).
El interesado debe responder mediante el Formulario N°5 (descargue aquí), teniendo 5 días hábiles para responder. Y debe decidir entre las opciones siguientes:
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No acepta la respuesta de la SCR y desiste del proyecto.
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Sí acepta y modificará la potencia con tal de cumplir el criterio y ser clasificado como de INS. Para ello debe presentar una nueva SCR con la potencia modificada.
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Sí acepta la respuesta y realizará los Estudios Técnicos para los PMGD de impacto significativo.
En el Formulario N°5 el interesado especifica si lo Estudios Técnicos serán realizados por COELCHA o por terceros, identificando la empresa que lo realizará. Éstos Estudios Técnicos se centran en tres aspectos principalmente:
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Estudio de Impacto Estático (EIE)
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Estudio de Cortocircuito (ECC)
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Estudio de Coordinación de Protecciones (ECP)
En el caso que los Estudios Técnicos sean realizados por COELCHA, se entregarán los resultados de los estudios mediante el Formulario N°6b, luego el interesado tiene 20 días hábiles para entregar el Formulario N°6 (descargue aquí), que es la Conformidad de Resultados de Estudios Técnicos. Donde el interesado tiene la posibilidad, máximo una vez, de pedir una nueva entrega del Formulario N°6b, si es que existen observaciones.
En el caso que los Estudios Técnicos sean realizados por terceros, éstos se entregan a Coelcha mediante el Formulario N°6a (descargue aquí). Estos Estudios Técnicos son analizados por COELCHA para luego entregar al interesado los resultados de los estudios mediante el Formulario N°6b. Luego el interesado debe entregar el Formulario N°6 (descargue aquí), que es la Conformidad de Resultados de Estudios Técnicos. Donde el interesado tiene la posibilidad de comunicar que tiene observaciones, las cuales las debe corregir para una nueva revisión por parte de COELCHA. Luego de la segunda revisión el interesado debe presentar nuevamente el Formulario N°6. Si persisten las observaciones, se rechaza el proyecto.
Una vez sea entregado el Formulario N°6, donde se da conformidad a los resultados de los Estudio Técnicos, COELCHA entrega al interesado el Informe de Criterios de Conexión (ICC),o Formulario N°7. Cabe mencionar que este informe tiene una vigencia de 9 meses y se puede renovar una única vez hasta 18 meses. Si la fuente energética es eólica o solar solo se puede pedir prórroga sólo de 9 meses.
Una vez sea entregado el Formulario N°7, el interesado tiene 20 días hábiles para aceptar el ICC. Esto se hace mediante el Formulario N°8 (descargue aquí). Si el interesado solicita correcciones, Coelcha tiene 10 días hábiles para entregar la Respuesta y un nuevo ICC. De lo contrario el interesado puede desistir del proyecto.
Luego de existir conformidad ante los Criterios de Conexión, el interesado debe declarar la puesta en servicio del PMGD mediante el TE-5 y luego entregar a Coelcha el Formulario N°9 (descargue aquí), Protocolo de puesta en Servicio. Con el cuál ya puede ser conectado el PMGD a la red de media tensión de COELCHA.
Costos Asociados a Proceso de Conexión de un PMGD
Accede pinchando la imagen y selecciona el mes que quieres ver en la columna "PMGD"
Procesos PMGD Vigentes
De acuerdo al Artículo 2-2, información pública de los Sistemas de Distribución de la NTCP de PMGD, se deja a disposición publica los procesos de conexión vigentes de PMGD a conectar en redes de distribución de COELCHA.
(Ver Informe de Criterios de Conexión. )
(Ver PMGD en Operación.)
(Ver Solicitudes de Conexión a la Red. )
Contacto
Ante cualquier duda o consulta contactarse al correo electrónico: ernc@coelcha.cl